Profesorado para la Enseñanza Primaria

REGIMEN ACADEMICO INSTITUCIONAL PARA LAS CARRERAS DEL PEP Y PEI

 El presente régimen académico institucional tiene como objetivo regular las condiciones legales  administrativas y académicas de los alumnos desde el ingreso y promoción en las carreras del PEP Y PEI.

La falta de normativa que  regule el sistema de acreditación  y promoción en las Carreras de Profesorado en Enseñanza Primaria y Profesorado en Nivel Inicial de la  jurisdicción de Santiago del Estero demandan urgentes definiciones institucionales que otorguen un marco legal y académico en la trayectoria formativa de los alumnos definiendo así  el régimen de cursado, acreditación y promoción de los alumnos.

 Marco Referencial:

 El presente régimen tiene como marco referencial el R.A.M emitido por autoridades del  Nivel Terciario, los  Diseños Curriculares de la Jurisdicción los que conjugados a la cultura académica institucional  se constituyeron en las fuentes inmediatas para la elaboración del presente.

 CONDICIONES DE ACREDITACION:

 

DE LAS UNIDADES CURRICULARES NO PROMOCIONALES

 

–          75% de asistencia, en caso de que el alumno no llegara a la asistencia podrá rendir un recuperatorio siempre y cuando tuviera un mínimo del 50% de asistencia y el 80%  de los trabajos prácticos aprobados.

–          80 % de trabajos prácticos aprobados. en caso de que el alumno no llegara a este porcentaje podrá rendir un recuperatorio  al finalizar el ciclo lectivo, previo al cierre y presentación de planillas.

–          No se podrá recuperar ambas instancias.

–          Los exámenes finales se aprobaran  con una nota mínima de seis(6)

–          Los trabajos prácticos se clasificaran con aprobado y desaprobado.

 
 

DE LAS UNIDADES CURRICULARES PROMOCIONALES.

 –          Las unidades curriculares que se acreditaran  solo por promoción con coloquio final son los Seminarios Talleres correspondiente al campo de Formación en la Práctica Profesional.

–          Las Unidades curriculares “Talleres” del campo de Formación específica y del campo de definición institucional podrán ser promocionales o regulares

Para la Promoción:

–           Trabajos prácticos  aprobados con siete (7).

–          100 % de trabajos prácticos aprobados y 80% de asistencia.

–          En caso de no promocionar las unidades curriculares  del campo de la Formación en la Práctica Profesional, los mismos deberán ser recursados.

–           Los alumnos  que no promocionen las unidades curriculares del Campo de  Formación Especifica y de Definición Institucional podrán acceder a la condición de regularidad.

 

*Los Exámenes finales serán orales salvo en los espacios de Lengua y Literatura, Alfabetización, Matemática y alumnos libres, los cuales  tendrán una instancia oral y escrita, en este caso:

  •   Se promediara el oral y escrito.
  •    En caso de haber sido desaprobado  en el  escrito el alumno no tendrá derecho a la instancia oral.

*Alumno Libre: Se reconocerá como alumno libre aquel que haya cursado y regularizado  la unidad curricular (materia) y haya quedado en condición  de libre por vencimiento de la regularidad o por haber rendido el espacio tres veces

Requisito de Examen Final para el  alumno libre:

  •     Estar inscripto en la unidad curricular.
  •     Haber perdido la regularidad por vencimiento de la misma o haber sido aplazado en tres llamados de examen.
  •     El alumno deberá rendir con programa completo del año en que curso y presentarse con copia del mismo, previa instancia de consulta al profesor de la unidad curricular.