REGIMEN ACADEMICO INSTITUCIONAL PARA LAS CARRERAS DEL PEP Y PEI
El presente régimen académico institucional tiene como objetivo regular las condiciones legales administrativas y académicas de los alumnos desde el ingreso y promoción en las carreras del PEP Y PEI. La falta de normativa que regule el sistema de acreditación y promoción en las Carreras de Profesorado en Enseñanza Primaria y Profesorado en Nivel Inicial de la jurisdicción de Santiago del Estero demandan urgentes definiciones institucionales que otorguen un marco legal y académico en la trayectoria formativa de los alumnos definiendo así el régimen de cursado, acreditación y promoción de los alumnos. Marco Referencial: El presente régimen tiene como marco referencial el R.A.M emitido por autoridades del Nivel Terciario, los Diseños Curriculares de la Jurisdicción los que conjugados a la cultura académica institucional se constituyeron en las fuentes inmediatas para la elaboración del presente.
CONDICIONES DE ACREDITACION:
DE LAS UNIDADES CURRICULARES NO PROMOCIONALES
75% de asistencia, en caso de que el alumno no llegara a la asistencia podrá rendir un recuperatorio siempre y cuando tuviera un mínimo del 50% de asistencia y el 80% de los trabajos prácticos aprobados. 80 % de trabajos prácticos aprobados. en caso de que el alumno no llegara a este porcentaje podrá rendir un recuperatorio al finalizar el ciclo lectivo, previo al cierre y presentación de planillas. No se podrá recuperar ambas instancias. Los exámenes finales se aprobaran con una nota mínima de seis(6) Los trabajos prácticos se clasificaran con aprobado y desaprobado. DE LAS UNIDADES CURRICULARES PROMOCIONALES.
Las unidades curriculares que se acreditaran solo por promoción con coloquio final son los Seminarios Talleres correspondiente al campo de Formación en la Práctica Profesional. Las Unidades curriculares “Talleres” del campo de Formación específica y del campo de definición institucional podrán ser promocionales o regulares Para la Promoción:
*Los Exámenes finales serán orales salvo en los espacios de Lengua y Literatura, Alfabetización, Matemática y alumnos libres, los cuales tendrán una instancia oral y escrita, en este caso: ü Se promediara el oral y escrito. ü En caso de haber sido desaprobado en el escrito el alumno no tendrá derecho a la instancia oral. *Alumno Libre: Se reconocerá como alumno libre aquel que haya cursado y regularizado la unidad curricular (materia) y haya quedado en condición de libre por vencimiento de la regularidad o por haber rendido el espacio tres veces Requisito de Examen Final para el alumno libre:
SISTEMA DE CORRELATIVIDAD: El sistema de correlatividad permite el cursado de un trayecto en particular valorando la interdependencia epistemológica existente entre las unidades curriculares, por lo que el avance de un curso a otro será en función de este criterio. |